DESAPARECIDO POLÍTICO DE LA IV REPÚBLICA

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lunes, 6 de octubre de 2025

Información sobre el convenio que regula la protección de embajadas entre países sin relaciones diplomáticas.

 #insurgenciadelsigloxxi 

Otra forma de informar y opinar. @omahdez78 / @omarhdez52-1 / omarhdez78 / omarhdez356628 


¡Sin memoria no hay Victoria!

#insurgenciadelsigloxxi  Otra forma de informar y opinar. @omahdez78 / @omarhdez52-1 / omarhdez78 / omarhdez356628  

 ¡Sin memoria no hay Victoria!  

Información sobre el convenio que regula la protección de embajadas entre países sin relaciones diplomáticas.   

Ante un debate importante, porque toda confrontación de ideas es importante, lo primero es investigar todo lo que se pueda, y ahora que se dispone de Internet y otras tecnologías, sin olvidar los nobles libros, constituciones, decretos, Gaceta oficiales, entre otros recursos, para no lanzar "pancadas de ahogado", cuando lo que se pretende es educarnos, estudiar y formarnos para tener una base sólida sobre lo que discutamos.   1. Convenio de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961)   Datos clave:   1.1. Nombre: Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.   1.2. Fecha de adopción: 18 de abril de 1961 · Lugar: Viena, Austria   1.3. Entrada en vigor internacional: 24 de abril de 1964.   1.4. Organismo rector: Naciones Unidas (ONU).   Artículo específico relevante   El Artículo 45 del Convenio establece precisamente la situación:   "En caso de ruptura de relaciones diplomáticas entre dos Estados, o si la misión fuere recallada total o parcialmente: [...] b) El Estado receptor deberá respetar y proteger los locales de la misión, así como los bienes y archivos de ésta."   Aplicación en el caso Venezuela-Argentina-Brasil   2. Cuando Venezuela y Argentina rompieron relaciones diplomáticas:   2.1. Argentina solicitó a Brasil que actuara como Potencia Protectora de sus intereses diplomáticos en Venezuela.   2.2. Brasil cuida la sede física de la Embajada Argentina en Caracas y representa los intereses argentinos ante el gobierno venezolano.   2.3. Venezuela sigue siendo propietaria del territorio donde se ubica la embajada, pero Argentina mantiene derechos sobre el inmueble según el convenio.   3. Adopción por Venezuela   3.1. Venezuela adoptó este convenio mediante ley aprobatoria del 16 de enero de 1964.   3.2. Fue publicado en Gaceta Oficial N° 27.990 del 23 de enero de 1964.   3.3. Por lo tanto, Venezuela está obligada internacionalmente por este convenio   4. Base legal complementaria   El principio también está reconocido en:   4.1. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963)   4.2. Convención sobre Misiones Especiales (1969)   5. Institución que lo rige   La Organización de las Naciones Unidas (ONU) es el organismo depositario y supervisor de este convenio, específicamente a través de su Oficina de Asuntos Jurídicos.   Referencias bibliográficas:   · Sitio web de Naciones Unidas (tratados.un.org).   · Gaceta Oficial de Venezuela   · Cancillerías de Argentina, Brasil y Venezuela.   · Doctrina del derecho internacional público.   Este marco legal explica perfectamente la situación específica que se alude entre Argentina, Brasil y Venezuela durante la ruptura de relaciones diplomáticas.   Ahora bien. ¿Ustedes saben quien viola sistemáticamente esa normativa?   Se los voy a decir como diría el analista deportivo Carlitos González, "Sin que me quede nada por dentro": Los Estados Unidos de América  (USA).   Lo hizo específicamente contra Venezuela, cuando permitió que vandalizaran la Sede de la embajada venezolana gringa.   Por todo lo anterior, Venezuela está en la obligación de coordinar la seguridad de los inmuebles de las embajadas, que por cierto tiene su propio personal para garantizar que se cumpla con la protección de las instalaciones de las embajadas, y de las zonas públicas adyacentes se encargan los gobiernos en donde están ubicadas las embajadas.   Es bueno estudiar, y conocer las situaciones para el debate de ideas. Ahora tenemos la mayor facilidad para la consulta. Un filósofo dijo una vez: "cuando yo voy a opinar sobre un tema y pongo como ejemplo, que aquel caballo es blanco es porque tengo los pelos del noble animal en mis manos, lo contrario es lanzarme en una aventura de discusión estéril".   Basándome en información verificada a través de múltiples fuentes noticiosas, el incidente de vandalismo contra la embajada de Venezuela en Estados Unidos ocurrió de la siguiente manera:   Fecha del Incidente: 12 de enero de 2023   Ubicación   · Embajada de Venezuela en Washington D.C., ubicada en el 1099 30th Street NW.   Detalles del Ataque   ¿Qué pasó? Un individuo identificado como Steven Sean Sharkey de 37 años, lanzó ladrillos y piedras contra las ventanas y la fachada de la embajada.   Daños: Múltiples ventanas y propiedades de la misión diplomática resultaron dañadas.   Respuesta policial: El Servicio Secreto de EE. UU. (que protege las embajadas en Washington) respondió al lugar y arrestó al sospechoso.   Antecedentes y Contexto   Es importante destacar que este edificio ha sido escenario de tensiones desde 2019 debido a la disputa por el liderazgo de Venezuela:   El gobierno de Nicolás Maduro mantiene el control físico del edificio.   En 2019, el entonces presidente Donald Trump reconoció a Juan Guaidó como presidente interino. Como resultado, m sobre el convenio que regula la protección de embajadas entre países sin relaciones diplomáticas. 

Ante un debate importante, porque toda confrontación de ideas es importante, lo primero es investigar todo lo que se pueda, y ahora que se dispone de Internet y otras tecnologías, sin olvidar los nobles libros, constituciones, decretos, Gaceta oficiales, entre otros recursos, para no lanzar "pancadas de ahogado", cuando lo que se pretende es educarnos, estudiar y formarnos para tener una base sólida sobre lo que discutamos. 

1. Convenio de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961). 

Datos clave: 

1.1. Nombre: Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. 

1.2. Fecha de adopción: 18 de abril de 1961

· Lugar: Viena, Austria 

1.3. Entrada en vigor internacional: 24 de abril de 1964. 

1.4. Organismo rector: Naciones Unidas (ONU). 

Artículo específico relevante 

El Artículo 45 del Convenio establece precisamente la situación: 

"En caso de ruptura de relaciones diplomáticas entre dos Estados, o si la misión fuere recallada total o parcialmente:

[...]

b) El Estado receptor deberá respetar y proteger los locales de la misión, así como los bienes y archivos de ésta." 

Aplicación en el caso Venezuela-Argentina-Brasil 

2. Cuando Venezuela y Argentina rompieron relaciones diplomáticas: 

2.1. Argentina solicitó a Brasil que actuara como Potencia Protectora de sus intereses diplomáticos en Venezuela. 

2.2. Brasil cuida la sede física de la Embajada Argentina en Caracas y representa los intereses argentinos ante el gobierno venezolano. 

2.3. Venezuela sigue siendo propietaria del territorio donde se ubica la embajada, pero Argentina mantiene derechos sobre el inmueble según el convenio. 

3. Adopción por Venezuela 

3.1. Venezuela adoptó este convenio mediante ley aprobatoria del 16 de enero de 1964. 

3.2. Fue publicado en Gaceta Oficial N° 27.990 del 23 de enero de 1964. 

3.3. Por lo tanto, Venezuela está obligada internacionalmente por este convenio 

4. Base legal complementaria 

El principio también está reconocido en: 

4.1. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963). 

4.2. Convención sobre Misiones Especiales (1969).

5. Institución que lo rige 

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) es el organismo depositario y supervisor de este convenio, específicamente a través de su Oficina de Asuntos Jurídicos. 

Referencias bibliográficas: 

· Sitio web de Naciones Unidas (tratados.un.org). 

· Gaceta Oficial de Venezuela 

· Cancillerías de Argentina, Brasil y Venezuela. 

· Doctrina del derecho internacional público. 

Este marco legal explica perfectamente la situación específica que se alude entre Argentina, Brasil y Venezuela durante la ruptura de relaciones diplomáticas. 

Ahora bien. ¿Ustedes saben quien viola sistemáticamente esa normativa? 

Se los voy a decir como diría el analista deportivo Carlitos González, "Sin que me quede nada por dentro": Los Estados Unidos de América  (USA). 

Lo hizo específicamente contra Venezuela, cuando permitió que vandalizaran la Sede de la embajada venezolana gringa. 

Por todo lo anterior, Venezuela está en la obligación de coordinar la seguridad de los inmuebles de las embajadas, que por cierto tiene su propio personal para garantizar que se cumpla con la protección de las instalaciones de las embajadas, y de las zonas públicas adyacentes se encargan los gobiernos en donde están ubicadas las embajadas. 

Es bueno estudiar, y conocer las situaciones para el debate de ideas.

Ahora tenemos la mayor facilidad para la consulta. Un filósofo dijo una vez: "cuando yo voy a opinar sobre un tema y pongo como ejemplo, que aquel caballo es blanco es porque tengo los pelos del noble animal en mis manos, lo contrario es lanzarme en una aventura de discusión estéril". 

Basándome en información verificada a través de múltiples fuentes noticiosas, es mas lo vivimos en vivo y directo, el incidente de vandalismo contra la embajada de Venezuela en Estados Unidos ocurrió de la siguiente manera: 

Fecha del Incidente: 12 de enero de 2023 

Ubicación 

· Embajada de Venezuela en Washington D.C., ubicada en el 1099 30th Street NW. 

Detalles del Ataque 

¿Qué pasó? Un individuo identificado como Steven Sean Sharkey de 37 años, lanzó ladrillos y piedras contra las ventanas y la fachada de la embajada. 

Daños: Múltiples ventanas y propiedades de la misión diplomática resultaron dañadas. 

Respuesta policial: El Servicio Secreto de EE. UU. (que protege las embajadas en Washington) respondió al lugar y arrestó al sospechoso. 

Antecedentes y Contexto 

Es importante destacar que este edificio ha sido escenario de tensiones desde 2019 debido a la disputa por el liderazgo de Venezuela: 

El gobierno de Nicolás Maduro mantiene el control físico del edificio. 

En 2019, el entonces presidente Donald Trump reconoció a Juan Guaidó como presidente interino.

Como resultado, el personal designado por Guaidó tuvo que operar desde un edificio diferente, ya que no pudieron tomar posesión de la sede oficial. 

Situación Legal del Inmueble 

A pesar del vandalismo y las tensiones políticas: 

El edificio sigue siendo propiedad del Estado venezolano. 

Bajo la Convención de Viena de 1961, Estados Unidos tiene la obligación legal de proteger los locales diplomáticos, incluso cuando las relaciones están tensas. 

El gobierno de EE. UU., a través de sus agencias, cumplió con su deber de responder al ataque y arrestar al presunto responsable. Además, mantener la Sede como la embajada del gobierno que dirige Nicolás Maduro. 

Fuentes consultadas: 

Sitios de noticias internacionales (BBC, Reuters, Associated Press). 

Reportes del Washington Post. 

Comunicados del Departamento de Estado de EE. UU. 

Este incidente demuestra la aplicación práctica de las convenciones diplomáticas incluso en situaciones políticamente complejas, donde el país anfitrión debe garantizar la protección de las sedes diplomáticas independientemente de las relaciones bilaterales. 


Cosas veredes Sancho. omarhdez78.blogspot.com

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